/ 13 de enero de 2023

El nuevo descuento del combustible para transportistas: no es igual para todos ni siempre de 20 céntimos. ¿Cómo debes solicitarlo?

Este 2023 los conductores dejaremos de disfrutar del descuento de 20 céntimos al repostar. O más concretamente los particulares, porque esta bonificación se va a mantener para los profesionales del transporte. Aunque con algunos cambios.

Desde el 1 de enero, camioneros, taxistas, conductores de autobús o chóferes de VTC sí que podrán seguir contando con este descuento. Aunque las ayudas no serán iguales para todos, todos tendrán bonificado el carburante. Pero nunca directamente al repostar.

Menor descuento desde abril

La bonificación de los carburantes se mantiene para profesionales, sí. Pero hay bastante letra pequeña. Lo primero que hay que tener en cuenta es que el descuento no será directo al repostar, sino que se devolverá después. Y lo segundo, que la devolución no siempre será por litros consumidos.

El descuento de 20 céntimos se mantendrá hasta primavera. El ejecutivo ha estipulado dos fases para estas ayudas, que se recogen en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre:

FASE 1: Entre el 1 de enero y el 31 de marzo: descuento de 20 céntimos por litro.
FASE 2: Entre el 1 de abril y el 30 de junio: descuento de 10 céntimos por litro.
Este descuento se aplicará a todos los carburantes excepto al gas vehicular (GLP, GNC o GNL). En el caso de estos combustibles alternativos, la bonificación será mayor: de 27 céntimos por litro hasta marzo y de 14 céntimos por litro entre abril y junio.

¿Y más allá de junio?

De momento, se fija ese calendario para extender las bonificaciones. No obstante, el Gobierno deja la puerta abierta a prorrogarlas más allá del primer semestre de 2023 en función de la evolución de los precios del carburante.

¿Cómo solicitar esta ayuda?

Las ayudas se obtienen de dos formas distintas en función del tipo de vehículo y/o la energía de propulsión utilizada, del siguiente modo:

Camiones Diesel de igual o más de 7.5 tns de MMA, autobuses Diesel y taxis Diesel (excepto residentes en Canarias, Ceuta o Melilla): sus titulares deberán estar dados de alta en el Censo de Beneficiarios de Gasóleo Profesional de la Agencia Tributaria: la ayuda a recibir se obtendrá adicionalmente a los 4,9 céntimos a que tiene derecho por gasóleo profesional. El importe de la ayuda, que se cobrará mensualmente será de 20 céntimos por litro entre el 1 de enero al 31 de marzo y de 10 céntimos entre el 1 de abril y el 30 de junio. Sólo dará derecho a ayuda los litros suministrados con tarjetas de carburante profesional o en depósitos de consumos propio autorizados para gasóleo profesional.

Camiones y furgonetas diesel de menos de 7´5 tns de MMA; camiones de cualquier tonelaje o autobuses o taxis propulsados por gas GNC, GNL o GLP; VTCs y ambulancias propulsados por diesel o gas, así como titulares de vehículos de transporte residentes en Canarias, Ceuta o Melilla: deberá presentarse una solicitud de ayuda ante la Agencia Tributaria a partir del 1 de Abril similar a las presentadas los pasados meses de Abril y de Agosto, la cual se calculará en función del número de vehículos y autorización de transporte que se posea con los siguientes importes por vehículo:

 

 

Para facilitar la viabilidad de la bonificación y evitar cargas adicionales en su implementación, se aprovechan los mecanismos y procedimientos asociados a la devolución parcial por el gasóleo de uso profesional para los beneficiarios que ya disfrutan de ésta y del sistema de ayudas directas ya empleado en el Real decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo y Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, para el resto de los beneficiarios.

Si quieres ampliar información, estaremos encantados de hablar contigo. No dudes en escribirnos o llamarnos y nuestros operadores te ayudarán a la mayor brevedad.

Fuente: Fenadismer y motorpasion.com.

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